Las juezas Arlin Ventura, Leticia Martínez y Eveling Rodríguez, que conforman el tribunal, tipificaron el homicidio como voluntario, aunque consideraron que hubo circunstancias atenuantes, como la agresión de la víctima al acusado y que "todo se suscita de una vez", desde el momento de esa agresión al desenlace fatal.
Al rechazar la pretensión de la defensa de Alburquerque Comprés, de que se declarara un homicidio excusable, las magistradas argumentaron que, según las imágenes y el video que captó la muerte, la actuación y conducta del acusado evidenció "la clara intención de matar, logrando al efecto su cometido", aunque el imputado "no pudo calcular de manera anticipada" el crimen por el calor del momento.
"En este caso, a partir de lo manifestado por los testigos como la prueba audiovisual aportada, se desprende que todo se suscita de una vez, de forma rápida, de manera que el imputado no tuvo tiempo a reflexionar y meditar sobre su conducta, sino que más bien se encontraba lleno de ira producto de la situación del momento, pues previamente fue objeto, no solo de insulto por parte de la víctima sino también de violencia física, pues este le dio una trompada que lo hace caer al suelo y allí le da varias patadas", leyó una de las juezas las motivaciones para tomar el fallo.
Otras de las razones que alegó el tribunal para no acoger la solicitud de los abobados José Rafael Ariza e Ingrid Hidalgo, representante del exmilitar, de que se tipifcara un homicidio excusable, fue que la "agresión grave" que alegaban sufrió su cliente por los golpes que le provocó Taveras Duncan no fueron tales porque fueron "curables en un periodo de 22 a 33 días".
"La acción ha resultado desproporcional de cara a la agresión que sufrió el mismo por no ser de gravedad", concluyeron.
El expresidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas deberá cumplir la condena en Najayo-Hombres. La sentencia se leerá de manera íntegra el 9 de agosto.
Con ánimos de matar pese a que la víctima no podía defenderse
Al describir, en el dispositivo los impactos de las balas en el cuerpo del comunicador, las juezas dijeron que "la primera herida fue en el tórax, de contacto, propinada por el imputado de frente, cuando se encuentra con la víctima, apuntándole en esa zona vital del cuerpo, y una segunda que se la infiere estando la víctima ya en el suelo y sin la posibilidad de defenderse".
Agregaron: "No conformándose en ese caso el imputado con hacer un solo disparo a la víctima y verla caer, sino que estando en el suelo, hace un giro y le hace otro disparo de forma deliberada, quedando con ello evidenciado claramente el animus necandi o intención de matar".
Según la acusación que presentó el órgano persecutor los dos hombres pelearon y "ambos se agredieron mutuamente" previo al fatal incidente.
La riña que protagonizaron el retirado alto oficial y Duncan se habría producido después de una discusión que se originó por desparramársele kétchup al hoy occiso, quien pensó que el imputado se reía de él cuando llegó al negocio ubicado en la avenida Rómulo Betancourt esquina Núñez de Cáceres.
La acusación de la investigación preliminar agrega que tras ser desapartados en dos ocasiones, el imputado se va a su vehículo Mercedes Benz a buscar un "arma ilegal" que poseía y retornó realizando varios disparos.
Después, el acusado comienza a "realizar múltiples disparos en contra de la víctima" y un amigo "no logrando impactarlos debido a que estos salen corriendo", pero tras encontrar a su blanco, detrás de una banca de lotería le disparó dos veces de cerca.
El video: "es una prueba legal y lícita"
El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional admitió como pruebas los videos que grabaron el incidente que terminó con la muerte del animador deportivo Manuel Taveras Duncan, sobre todo el que captó el momento en el que el condenado le hace los dos disparos.
Las juezas argumentaron que fueron recolectados de manera legal y lícita.
"Estamos frente a una prueba legal y lícita", decidieron las magistradas.
Agregaron que sí "ciertamente" quedó evidenciado que se produjo "una interrupción en lo que tiene que ver con la cadena de custodia" por el agente del Dicat, pero fue tendente a mejorar su resolución que permitiera "identificar las personas, lugares y objetos involucrados".
"De acuerdo a lo declarado por el testigo José Hernández, quien procedió al análisis al video en crudo, las imágenes fílmicas que le fueron entregadas por la sección de evidencias este procedió a su análisis a los fines de que las mismas mejoraran su resolución, que no se vean opacas cuando acontece que las imágenes son capturadas sobre equipos de baja calidad", leyeron las juezas.
En ese sentido, el tribunal entendió que "no constituye para este tribunal edición algunas" la utilización de un programa par el Dicta para mejorar la resolución de las imágenes.
Respecto a la legalidad o no del levantamiento del audiovisual, los agentes que acudieron a los dos comercios a recolectarlos coincidieron en decir que los dueños de los establecimientos no se opusieron a su entrega, por lo que no se necesitaba una orden de un juez.
"No se hacia necesario de que el Ministerio Público necesitara una orden porque los negocios no se opusieron", además de que las cámaras eran públicas, determinó el tribunal.
Inconformes
Los familiares de la víctima reaccionaron inconformes con la decisión de las magistradas.
"No es justo que con lo que él hizo le dieron doce años", dijo Edila Duncan, madre de Duncan al salir de la sala de audiencias.
Mientras que Domingo Ramírez, abogado de la familia, expresó también su descontento con el fallo y dijo esperar que el Ministerio Público apele.
"Bueno, yo pienso que el Ministerio Público ahora tiene la oportunidad de pensar la decisión que ha tomado el Tercer Tribunal Colegiado", refirió.
"El Ministerio püblico podrá, a partir de ahora cuando comience el plazo, que son diez días a partir de la notificación, podrá incoar su recurso de apelación ante la Corte de Apelación del Distrito Nacional", consideró.
Recalcó la inconformidad de los parientes del occiso y dijo que esperaban 20 años contra el homicida.
"La familia Taveras Duncan no se siente conforme con esa decisión, se entendía que a lo mínimo que podía ser condenado el señor Félix Alburquerque Comprés era a una pena de 20 años por homicidio voluntario", agregó.
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