La
ley general de educación 66-97, es un documento determinante para el buen
funcionamiento de todo el sistema educativo, pues garantiza el derecho de todos
los habitantes del país a la educación, siendo así permanente e irrevocable.
Cabe
destacar que los principios son leyes que se deben cumplir con un propósito o
fin determinado y la educación dominicana está fundamentada y sustentada por
ellos. Según la Ley General de Educación, en el artículo 4 algunos de estos son
los siguientes:
Toda
persona tiene derecho a participar de la vida cultural y gozar de los
beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones.
La
educación estará basada en el respeto a la vida, el respeto a los derechos
fundamentales de la persona, al principio de convivencia democrática y a la
búsqueda de la verdad y la solidaridad.
Familia,
primera responsable de la educación de sus hijos, tiene el deber y el derecho
de educarlos libremente, decidirá el tipo y la forma de educación que desea
para sus hijos.
La
libertad de la educación es un principio fundamental del sistema educativo
dominicano, de conformidad con las prescripciones de la constitución. Los
estudiantes tienen derecho a recibir una educación apropiada y gratuita,
incluyendo a los superdotados, a los afectados físicos y a los alumnos con
problemas de aprendizaje, los cuales deberán recibir una educación especial.
El
derecho a la educación de calidad está legalmente establecido en la legislación
dominicana, sin embargo, el estado no ha logrado crear las condiciones
necesarias para el logro de tan anhelado fin. A pesar de la asignación del 4%
de PIB para la educación dominicana, todo parece indicar que las inversiones no
se están asignando en las áreas que den al traste con una educación efectiva.
Lo que da lugar a que en república dominicana la educación de calidad se
convierta en un privilegio accesible solo para lo que disponen de recursos.
En
otro orden, no se deben olvidar algunos de los fines de la educación dominicana
en su Art. 5:
Formar
ciudadanos amantes de su familia y de su patria, conscientes de sus deberes, de
sus derechos y de sus libertades, con un profundo sentido de responsabilidad y
de respeto a la dignidad humana.
Formar
para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y
trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos.
Educar
para el conocimiento de la dignidad y de la igualdad de derechos entre hombres
y mujeres.
En
función a lo anterior, el estado en su
Art. 7 de la ley General de Educación 66-97 tiene como finalidad primordial
promover el bien común, posibilitando la creación de las condiciones sociales
que permitan a los integrantes de la comunidad nacional, alcanzar mayor
realización personal, espiritual, material y social, además su Art. 8 destaca
la importancia de favorecer la formación permanente de las personas en
correspondencia con los requerimientos del desarrollo integral, individual y
colectivo.
Es
también imprescindible reconocer la función del Consejo Nacional de Educación,
la cual debe garantizar que se cumplan los fines y principios de la educación
dominicana, conocer y aprobar los planes nacionales de desarrollo educativo,
como expresión de las políticas generales, fijadas por el para la educación
nacional, y efectuar las revisiones y actualizaciones periódicas que lo hagan
funcional y dinámico y aprobar el currículo de los distintos niveles y
modalidades y sus reformas.
Todo
lo dicho nos hace entender y reflexionar en el hoy, sobre la singular
importancia que tienen y siempre tendrán los lineamientos y requerimientos que
sustentan la Educación Dominicana, pues sin ellos sería imposible el desempeño
y desarrollo de todas las funciones del sector educativo.
El
secretario de Educación y Cultura es el responsable directo de las labores de
administración, supervisión y control de la Secretaria de Educación, ejerce la
autoridad superior con arreglo a la constitución, a las disposiciones legales y
a las decisiones del consejo nacional de educación, además coordina la
ejecución de las funciones de la Secretaria, en relación con la educación, en
los organismos regionales, distritales y locales descrito en la presente ley.
El
logro de una educación de calidad para todos en la Republica dominicana sigue
siendo una aspiración debido a que, hasta el momento no se han creado las
condiciones para que esto ocurra tales como: Aulas suficientes y debidamente
acondicionadas, Centros educativos debidamente gestionados, Docentes preparados
y comprometido con la causa, Familia empoderada de su rol, Alimentación de
calidad, Régimen de consecuencias para todos los actores del sistema, Continuidad
del estado a la implementación, seguimiento y evaluación a las políticas
educativas.
Cuando
esto ocurra se podrá afirmar que la educación de calidad es un derecho, no un
privilegio en República Dominicana.
Aún
estamos a tiempo de transformar y provocar una real innovación, avance en todo
el Sistema Educativo Dominicano, cumpliendo cada uno con el rol que se nos ha
asignado. ¡Juntos podemos!!!!
Sustentantes:
Vineybi De la Cruz
Arianny Ramirez
Feliza Ogando
Martha Lebron
Kendall Valdez
Loyda Harrigan
No hay comentarios.:
Publicar un comentario