Santo Domingo, 18 ago (EFE).- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó hoy la Dirección General de Aduanas (DGA) abstenerse de aplicar el impuesto a las compras menores de 200 dólares que se realizan por internet por vulnerar derechos fundamentales.
El TSA acogió de esta manera unos recursos de amparo interpuestos por varias entidades, entre ellas, la Asociación Dominicana de Empresas Courier (Asodec), la Fundación Justicia y Transparencia, la Alianza Dominicana de Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Cámara Dominicana de Comercio Electrónico, quienes habían alegado que la iniciativa de la DGA vulneraba derechos fundamentales.
La reacción en las redes sociales no se hizo esperar. El abogado Félix Portes, uno de los representantes legales de las organizaciones, dijo en Twitter: "Hemos ganado la #AccióndeAmparo contra @aduanasdom por encima de nuestros críticos! Es una victoria de TODOS!".
Mientras que Laura Castellanos, portavoz de Asodec, dijo, también en Twitter: "El TSA acaba de rescatar el Estado de Derecho: ordena que Aduanas se abstenga de aplicar impuestos por vulnerar derechos fundamentales".
El Tribunal Superior Administrativo había suspendido el pasado miércoles la resolución de la DGA sobre el cobro de impuesto a las compras menores de 200 dólares que se realizan por internet, hasta que se conocieran las acciones de amparo incoadas en contra de la medida.
ADUANAS PEDIRÁ REVISIÓN
En tanto que la Dirección General de Aduanas informa que, una vez sea recibida la sentencia núm. 00278-2014, emitida el día hoy por la segunda sala del Tribunal Superior Administrativo, con las debidas motivaciones, acudirá ante el Tribunal Constitucional para solicitar la revisión de la misma; tras rechazar la parte dispositiva que se ha dado a conocer.
La DGA expresa el rechazo a la referida sentencia, en razón de que entiende no se han vulnerado derechos fundamentales de los tipos contenidos en la Constitución de la República vigente, tal como fue explicado por los abogados que representaron a la entidad ante el referido Tribunal.
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