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sábado, 14 de diciembre de 2013

Consideran aprobación ley referendo fortalece democracia



Carlos Gabriel García, diputado del PRD.
Carlos Gabriel García, diputado del PRD.
SANTO DOMINGO.- El diputado Carlos Gabriel García consideró que con la aprobación de la ley de referendo se fortalece la democracia dominicana, porque es un ejercicio de democracia directa que permite saber la opinión de la sociedad sobre los temas de elevado interés nacional.
Recordó que en la actualidad el modelo democrático que impera en el país permite a los ciudadanos expresarse solo cada cuatro años, cuando acuden a las urnas a votar por el candidato de su preferencia.
“El establecimiento de las consultas populares mediante referendo constituye  una renovación de la democracia dominicana y su incorporación a la Constitución de la República, proclamada el 26 de enero del 2010,  puede considerarse una conquista de la población que no puede ser  limitada por intereses políticos coyunturales” manifestó.
Dijo que el articulo 210 de la Constitución de la República es claro y muy preciso en cuanto el objeto  y alcance de la ley que debe regular la implementación de las consultas populares mediante referendo,  por lo que entiende que su aprobación no debe postergarse en el Congreso Nacional.
Gabriel García fue el primero en someter al Congreso Nacional un proyecto de ley sobre referendo y  el pasado martes,  el presidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario Marquez, visitó al presidente del Senado de la República, Reinaldo Pared Pérez, para entregarle un proyecto similar.
El proyecto ha causado un revuelo entre los legisladores porque algunos consideran que puede abrir las puertas a una posible reelección del Presidente Medina.
El articulo 210 de la Constitución dice:   Referendos. Las consultas populares mediante referendo estarán reguladas por una ley que determinará todo lo relativo a su celebración, con arreglo a las siguientes condiciones:   1)  No podrán tratar sobre aprobación ni revocación de mandato de ninguna autoridad electa o designada;  2)  Requerirán de previa aprobación congresual con el voto de las dos terceras partes de los presentes en cada cámara.

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