El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio, aseguró que República Dominicana respetará los derechos humanos y buscará solución a los casos de extranjeros ilegales y sus descendientes, sin menoscabo de la Constitución y la soberanía nacional.
El funcionario se expresó en esos términos durante una entrevista concedida al programa Conclusiones, del periodista Fernando Del Rincón, que se transmite por CNN en Español, para hablar en torno a la sentencia 168-13, emitida el 23 de septiembre por el Tribunal Constitucional dominicano.
“El aspecto humanitario que pueda estar comprometido en la aplicación de esta decisión será respetado, pero es necesario que se le reconozca al Estado dominicano el derecho, en primer lugar, de establecer cuántos ciudadanos extranjeros están irregularmente en el país y cuántos de ellos tienen o pueden haber accedido a tener el derecho de nacionalidad o cuántos de ellos pueden adquirir la nacionalidad por la vía de la naturalización, que es un mecanismo totalmente diferente”, puntualizó.
Plan Nacional de Regularización
El doctor Pina Toribio afirmó que los resultados del levantamiento de extranjeros registrados de forma regular o no en los libros del registro civil serán el punto de partida y referencia para iniciar el Plan Nacional de Regularización que manda la Ley de Migración de 2004.
En ese sentido, dijo que no son comprobables o reales las cifras que se han manejado hasta el momento sobre la cantidad de personas que serían impactadas por la aplicación de la sentencia.
“A partir de ese Plan Nacional de Regularización, que ya se habrá iniciado tan pronto cumpla la Junta Central Electoral con las informaciones que le ha solicitado el Tribunal Constitucional, es cuando se podrá medir el impacto real de la decisión”, indicó Pina Toribio.
Insistió en que el presidente Danilo Medina ha sido claro y enfático en relación a que una vez levantado el Plan Nacional de Regularización se examinarán los casos y que no habrá problema de violaciones a los derechos humanos.
Ilegales hacen vida normal
El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo resaltó que ciudadanos extranjeros que se han establecido en la República Dominicana sin visado, sin documentación alguna, realizan su vida normal, sin persecución y con acceso a servicios públicos tales como educación, salud o protección de sus derechos laborales.
“En fin, quiere decir que si esa ha sido la regla en los últimos tiempos, ¿por qué no pensar en soluciones humanitarias, pero una vez que se puedan identificar y cuantificar los casos de personas que sin tener documentación alguna permanecen en territorio de la República Dominicana y han tenido descendencia en el país?, se preguntó.
Un asunto de soberanía
El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio, insistió en que es prerrogativa del Estado dominicano decidir quiénes son sus nacionales.
“Decidir quiénes son nacionales de un país le corresponde al Estado de ese país, como su prerrogativa y mediante las normas que su Constitución haya establecido”, precisó Pina Toribio
También explicó que no existe la comentada retroactividad de la ley, pues la norma para establecer quiénes son dominicanos data del siglo pasado y ha sido reiterada en las modificaciones de la Constitución desde 1929.
“Desde el siglo pasado la República Dominicana ha establecido en sus constituciones que son nacionales las personas que nacen en República Dominicana, con las excepciones siguientes: La de los hijos de representantes diplomáticos acreditados en el país y las de personas en tránsito”, apuntó.
“Durante mucho tiempo se ha estado estableciendo que una persona que no tiene un estatus regular, que no tiene documentación que autorice su presencia en la República Dominicana no puede considerarse más que una persona en tránsito, no puede generar derecho a favor de sus descendientes y eso en sentido general es una regla que ha venido interpretándose así”, dijo.
Recordó que en 2005 la Suprema Corte de Justicia estableció este mismo criterio, ratificado ahora por el Tribunal Constitucional, que con la sentencia lo que ha hecho es fijar el alcance de aquella norma.
Al ser preguntado si la figura del jus soli daba derecho a la nacionalidad a los hijos de inmigrantes, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo explicó que “si sus padres estaban en la República Dominicana en un estatus ilegal, sin un permiso legal, obviamente no pueden adquirir la nacionalidad por el hecho de haber nacido en la República Dominicana”, recalcó.
Y agregó: “Porque una situación ilegal no puede generar derechos de esa naturaleza”.
El funcionario se expresó en esos términos durante una entrevista concedida al programa Conclusiones, del periodista Fernando Del Rincón, que se transmite por CNN en Español, para hablar en torno a la sentencia 168-13, emitida el 23 de septiembre por el Tribunal Constitucional dominicano.
“El aspecto humanitario que pueda estar comprometido en la aplicación de esta decisión será respetado, pero es necesario que se le reconozca al Estado dominicano el derecho, en primer lugar, de establecer cuántos ciudadanos extranjeros están irregularmente en el país y cuántos de ellos tienen o pueden haber accedido a tener el derecho de nacionalidad o cuántos de ellos pueden adquirir la nacionalidad por la vía de la naturalización, que es un mecanismo totalmente diferente”, puntualizó.
Plan Nacional de Regularización
El doctor Pina Toribio afirmó que los resultados del levantamiento de extranjeros registrados de forma regular o no en los libros del registro civil serán el punto de partida y referencia para iniciar el Plan Nacional de Regularización que manda la Ley de Migración de 2004.
En ese sentido, dijo que no son comprobables o reales las cifras que se han manejado hasta el momento sobre la cantidad de personas que serían impactadas por la aplicación de la sentencia.
“A partir de ese Plan Nacional de Regularización, que ya se habrá iniciado tan pronto cumpla la Junta Central Electoral con las informaciones que le ha solicitado el Tribunal Constitucional, es cuando se podrá medir el impacto real de la decisión”, indicó Pina Toribio.
Insistió en que el presidente Danilo Medina ha sido claro y enfático en relación a que una vez levantado el Plan Nacional de Regularización se examinarán los casos y que no habrá problema de violaciones a los derechos humanos.
Ilegales hacen vida normal
El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo resaltó que ciudadanos extranjeros que se han establecido en la República Dominicana sin visado, sin documentación alguna, realizan su vida normal, sin persecución y con acceso a servicios públicos tales como educación, salud o protección de sus derechos laborales.
“En fin, quiere decir que si esa ha sido la regla en los últimos tiempos, ¿por qué no pensar en soluciones humanitarias, pero una vez que se puedan identificar y cuantificar los casos de personas que sin tener documentación alguna permanecen en territorio de la República Dominicana y han tenido descendencia en el país?, se preguntó.
Un asunto de soberanía
El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, César Pina Toribio, insistió en que es prerrogativa del Estado dominicano decidir quiénes son sus nacionales.
“Decidir quiénes son nacionales de un país le corresponde al Estado de ese país, como su prerrogativa y mediante las normas que su Constitución haya establecido”, precisó Pina Toribio
También explicó que no existe la comentada retroactividad de la ley, pues la norma para establecer quiénes son dominicanos data del siglo pasado y ha sido reiterada en las modificaciones de la Constitución desde 1929.
“Desde el siglo pasado la República Dominicana ha establecido en sus constituciones que son nacionales las personas que nacen en República Dominicana, con las excepciones siguientes: La de los hijos de representantes diplomáticos acreditados en el país y las de personas en tránsito”, apuntó.
“Durante mucho tiempo se ha estado estableciendo que una persona que no tiene un estatus regular, que no tiene documentación que autorice su presencia en la República Dominicana no puede considerarse más que una persona en tránsito, no puede generar derecho a favor de sus descendientes y eso en sentido general es una regla que ha venido interpretándose así”, dijo.
Recordó que en 2005 la Suprema Corte de Justicia estableció este mismo criterio, ratificado ahora por el Tribunal Constitucional, que con la sentencia lo que ha hecho es fijar el alcance de aquella norma.
Al ser preguntado si la figura del jus soli daba derecho a la nacionalidad a los hijos de inmigrantes, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo explicó que “si sus padres estaban en la República Dominicana en un estatus ilegal, sin un permiso legal, obviamente no pueden adquirir la nacionalidad por el hecho de haber nacido en la República Dominicana”, recalcó.
Y agregó: “Porque una situación ilegal no puede generar derechos de esa naturaleza”.
Dirección General de Comunicación.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario